La Junta Central Electoral (JCE) ha anunciado medidas estrictas con motivo de las Elecciones Generales Ordinarias del 18 de febrero de 2024, destinadas a garantizar un proceso electoral transparente y ordenado. Una de estas medidas es la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas antes, durante y después de la jornada electoral.
Según lo establecido por la JCE, la veda electoral entrará en vigencia a partir de las 07:00 am del sábado 17 de febrero y se extenderá hasta las 5:00 am del lunes 19 de febrero. Durante este período, queda prohibido el expendio y distribución de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional.
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Sin embargo, se han establecido excepciones para las instituciones hoteleras ubicadas en zonas turísticas, las cuales podrán continuar operando normalmente. Estas excepciones serán debidamente identificadas por la Junta Central Electoral en colaboración con las organizaciones acreditadas ante los organismos oficiales.
Además de la prohibición de venta de bebidas alcohólicas, la JCE ha declarado el domingo 18 de febrero como día no laborable en todo el país. En casos donde el trabajo no pueda ser suspendido, los empleadores tienen la obligación de facilitar el tiempo necesario para que los empleados puedan ejercer su derecho al voto, sin que esto afecte sus salarios ni otros derechos correspondientes.
Estas medidas están en consonancia con lo establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral, específicamente en su Artículo 232, el cual establece la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas desde 24 horas antes de la elección, hasta 12 horas después de su culminación, con las excepciones mencionadas anteriormente.
Con estas disposiciones, la JCE busca garantizar un ambiente propicio para el ejercicio democrático de los ciudadanos durante las elecciones generales, promoviendo la participación activa y el respeto al proceso electoral.