REPÚBLICA DOMINICANA: EN DICIEMBRE CAMBIARÁ LA ENTREGA GRATUITA DE FUNDAS PLÁSTICAS EN LOS COMERCIOS

Adonis Arache
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La Ley 98-25 establece un plazo de 12 meses para que supermercados, farmacias y colmados dejen de entregar gratuitamente bolsas plásticas desechables. La medida no supone, por sí sola, la desaparición total de estos productos del comercio.

La funda plástica que acompaña las compras en supermercados, farmacias y colmados está en el centro de un cambio legal previsto para diciembre en República Dominicana. La disposición busca reducir el uso de bolsas plásticas de un solo uso mediante la restricción de su entrega gratuita.

El artículo 27 de la Ley 98-25 concede un plazo de 12 meses desde su entrada en vigor para que los establecimientos comerciales dejen de regalar estas fundas. Sin embargo, la disposición no establece, por sí sola, que todas las bolsas plásticas deban desaparecer del comercio.

Por tanto, el cambio se centra en la entrega sin costo, mientras que las demás condiciones de uso y comercialización deben analizarse conforme al conjunto de las normas ambientales aplicables.

LOS COMERCIOS DEBERÁN ORIENTAR A LOS CLIENTES

Durante el período de transición, los establecimientos que continúen suministrando fundas deberán desarrollar campañas para reducir su consumo y promover alternativas reciclables o reutilizables.

Esto implica que los negocios tendrán que preparar a sus clientes para el cambio y evaluar opciones que permitan transportar las compras sin depender exclusivamente de bolsas desechables.

No obstante, cobrar por una funda no significa automáticamente que cualquier tipo de bolsa plástica esté autorizado. Su uso deberá ajustarse a las demás disposiciones legales y ambientales vigentes.

SORBETES, CUBIERTOS Y PRODUCTOS DE FOAM TIENEN OTRAS REGLAS

La regulación de las fundas debe distinguirse de las disposiciones aplicables a sorbetes, cubiertos plásticos y artículos elaborados con poliestireno expandido, conocido popularmente como foam.

La Ley 36-26, promulgada el 6 de julio de 2026, modificó el párrafo relacionado con la importación de esos productos y estableció un plazo de seis meses desde su promulgación. El texto contempla requisitos vinculados con la certificación de biodegradabilidad y promueve alternativas sostenibles y utensilios reutilizables.

Por ello, los plazos y las operaciones reguladas son diferentes: una disposición se refiere a la entrega gratuita de fundas en establecimientos comerciales, mientras que la otra aborda la importación de determinados productos plásticos.

¿QUÉ CAMBIARÁ PARA LOS CONSUMIDORES?

La transición podría impulsar el uso de bolsas reutilizables y otras alternativas, aunque sus resultados dependerán de la aplicación efectiva de la normativa, de las opciones que ofrezcan los comercios y de la respuesta de los consumidores.

El objetivo ambiental no debería medirse únicamente por el cobro de una funda, sino también por la reducción real del plástico desechable y por el impacto de los materiales utilizados como sustitutos.

La obligación de dejar de regalar estas bolsas representa un cambio concreto en la experiencia de compra. Su efecto ambiental, sin embargo, dependerá de que la medida se traduzca en una menor utilización de plásticos de un solo uso.

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